Es una licencia única para todas las modalidades, nominal e intransferible. Los menores de 14 años pueden tener licencia propia.
Fuente: Licencia de pesca · Junta de Extremadura · consultada el 15 de octubre de 2026
Qué necesitas para pescar en Extremadura
Para pescar en las aguas continentales de Extremadura —Orellana, La Serena, Cíjara, Alcántara y Valdecañas— necesitas la licencia de pesca en vigor expedida por la comunidad autónoma. La pesca continental es una competencia transferida, así que cada comunidad tiene su propio procedimiento, sus tasas y su periodo de validez.
Cómo sacar la licencia en Extremadura, paso a paso
- Entra en ARADO (aradoacceso.juntaex.es), la plataforma de trámites de la Junta, y pide la licencia de pesca: la obtienes en el momento.
- Si prefieres no usar ARADO, rellena la declaración responsable y envíala a declaralicenciapesca@juntaex.es o preséntala en un registro oficial. Puedes pescar desde que la presentas, llevando el justificante.
- También puedes pedirla de forma presencial en una oficina de atención de la Junta.
- Lleva la licencia contigo (en papel o en el móvil) cuando vayas a pescar.
Hay dos vías rápidas: online con ARADO, que te da la licencia en el momento, o la declaración responsable, que envías por correo electrónico o presentas en un registro y te permite pescar desde ese instante hasta que te llegue la tarjeta. También se puede pedir de forma presencial.
Extremadura es una de las 10 comunidades firmantes: con la interautonómica (25 €, un año) pescas aquí y en las otras nueve, cumpliendo la normativa de cada sitio. Qué es y dónde vale →
¿Qué permiso necesitas?
Para pescar en sus ríos, embalses y lagos.
Vale aquí y en las otras 9 comunidades firmantes.
Además de la licencia, para pescar ese día en un coto o tramo especial.
Otra distinta: la continental no sirve en el mar.
Antes de salir a pescar
- Lleva la licencia en vigor, en papel o en el móvil.
- Mira las vedas de pesca en Extremadura de la especie que vas a pescar.
- Respeta las tallas mínimas y los cupos vigentes.
- Si el tramo es coto o régimen especial, saca también su permiso.
- Elige el día con el calendario solunar de pesca.
Las tasas, la validez y el trámite exactos los publica cada año la administración de Extremadura. Es la única fuente con validez legal.
Preguntas frecuentes
¿Hace falta licencia para pescar en Extremadura?
Sí. Para pescar en las aguas continentales de Extremadura es obligatorio disponer de la licencia de pesca en vigor expedida por la comunidad autónoma. Además, para pescar en cotos y en tramos de régimen especial suele hacer falta un permiso adicional específico para esa jornada y ese tramo.
¿Cómo se saca la licencia de pesca en Extremadura?
Por internet en ARADO, la plataforma de trámites de la Junta de Extremadura, donde la licencia se obtiene al momento. También mediante declaración responsable, enviada a declaralicenciapesca@juntaex.es o presentada en un registro oficial, que permite pescar desde su presentación. Y de forma presencial en las oficinas de la Junta.
¿Cuánto cuesta y cuánto dura la licencia?
Nada: desde el 5 de agosto de 2026 la licencia de pesca de Extremadura es gratuita para cualquier persona, independientemente de dónde resida, según anunció la Junta de Extremadura. Es una licencia única para todas las modalidades.
¿Vale la licencia interautonómica en Extremadura?
Sí. Extremadura es una de las 10 comunidades firmantes del convenio, así que con la interautonómica (25 €, un año) puedes pescar aquí y en las otras nueve, cumpliendo la normativa de cada una.
¿La licencia sirve también para pescar en el mar?
No. La licencia de pesca continental cubre ríos, embalses y lagos. Para la pesca marítima de recreo se necesita una licencia marítima diferente, que también expide la comunidad autónoma y que puede tener modalidades distintas según se pesque desde costa, desde embarcación o en apnea.
Licencia de pesca en otras comunidades
⚠️ Guía orientativa. La normativa y las tasas cambian cada año y varían por río y tramo. Consulta siempre la normativa oficial vigente antes de pescar. Última revisión: 21 de octubre de 2026.